Criminología · Unidad 142 de 265

Unidad 142 · APLICACIONES DEL POSITIVISMO 229

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APLICACIONES DEL POSITIVISMO 229

dos Unidos, que reciben autorización para desempeñar esas funciones.

»Se vigila el domicilio, el trabajo, las relaciones, la conducta del individuo sometido á esa prueba, por sí misma atlictiva para los espíritus capaces de semejante reacción ; y cuan- -do se llega 4 observar desvios Ó incorrecciones suficientes para demostrar que el sujeto sigue caminos tortuosos, frecuenta compañias de hombres sospechosos ó viciosos, comete faltas y exterioriza tendencias reprensibles, antes de que incurra en nuevo delito se le recluye en la prisión por cel tiempo que le falta para cumplir su condena. Si este caso llega, se ha hecho una tentativa que ahorra los gravámenes y perjuicios de la prisión sin riesgo para la sociedad, y la vigllancia ha permitido protegerla eficazmente».

La pena indeterminada es un paso decisivo en el camino de la individualización de la pena y se funda en la conveniencia de estudiar la personalidad moral de cada delincuente, para inferir de ese estudio su grado de readaptación á la vida en sociedad. Hay tres maneras de practicarla: 1. En su forma absoluta, la condena no señala límite máximo ni mínimo á la duración de la secuestración carcelaria. 2.” En su forma relativa, la condena señala los límites máximo y mínimo entre los que puede oscilar su duración. 3. En su forma ecléctica, ella establecería límites para los delincuentes ocasionales y los reincidentes por delitos leves (susceptibles de fácil reforma), no estableciéndolos para los delincuentes habituales y por temiperamento degenerativo (cuya reforma se presume difícil). El reciente Congreso Penitenciario Internacional, reunido en Wáshington, en 1910, emitió un voto en favor de la sentencia por tiempo indeterminado, señalando la conveniencia de aplicarla en los sujetos moral 6 mentalmente anormales, en cuyos delitos tienen mayor importancia los factores biopsíquicos que los “sociales; asimismo aconsejó su aplicación en los menores delincuentes, más necesitados de un tratamiento educativo ó reeducativo que podría devolverlos á la vida social con hábitos de trabajo y de moralidad bien consolidados. Esta

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reforma es inaplicatle mientras no se modifique la actual organización carcelaria.

En paises donde la administración de justicia es mala, toda reforma fundamental tiene que ser estéril. La pena indeterminada es la base para establecer clínicamente la posibilidad de reintegrar el individuo á la vida social ó la nece-. sidad de prolongar indefinidamente su secuestración. ¿Es pos:ble tal régimen de penas en países donde las influencias políticas, sociales ó administrativas pueden gravitar eficazmente sobre el criterio de los jueces y los directores de cárceles? |

No. | )

La sociedad no puede tener justicia mientras no tenga jueces y funcionarios rectos é incorruptibles. Las leyes penales y los reglamentos carcelarios de 'nada sirven cuando su aplicación está confiada á manos inexpertas ó sensibles á influencias extrañas. Un buen juez, con malas leyes, puede hacer buena justicia; un buen funcionario, con málos reglamentos, puede mantener una buena disciplina carcelaria. Y lo contrario es igualmente cierto.

Sobre la base, pues, de un personal recto y competente, la pena indeterminada es la premisa de una eficaz defensa social. |

El estudio de la personalidad fisiopsíquica del delincuente, de sus antecedentes antisociales, de las causas del delito, de la manera de ejecutarlo, de la actividad consecutiva al hecho, y de otras condiciones notorias, permitirán clasificar aproximadamente la temibilidad y la posible readaptación de cada delincuente. Sobre esa base se le destinará al género de establecimiento carcelario apropiado á sus tendencias y aptitudes, La observación continuada de cada individuo permitirá transferirlo de uno á otro cuando su conducta lo haga conveniente, rectificando así los posibles errores de la clasificación inicial.

El Congreso de Wáshington se pronunció. abiertamente en su favor, emitiendo el siguiente voto :