Elementos de economía política con aplicación particular a España · Unidad 64 de 74

Unidad 64 · CAPÍTULO XI.

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CAPÍTULO XI.

Del fomento del comercio interior»

En el comercio interior consiste la prosperidad de la agricultura de la industria, y en vano esperanios que estas florezcan si aquel no se fomenta ; asi como este no puede subsistir sin el apoyo de aquellas.

Son tres' cosas que se dan la mano, y tan íntimamente unidas entre sí , que los adelantos en cualquiera de ellas refluye en beneficio de las otras; y al contrario , la decadencia de la urta se siente luego en todas.

Los consulados de comercio son unas instituciones muy útiles, ó mas bien indispensables para su protección ; y asi no debe haber un punto en la península que no les esté sujeto para protegerlo, juzgar las diferencias que ocurran entre los comerciantes , y repartirles las contribuciones.

Es consiguiente al espíritu de estos cuerpos el mantener las escuelas que sus progresos requieren; y para que sean completamente útiles , conviene que arreglen sus operaciones y juicios por un código sencillo, claro y uniforme : sobre lo cual ya se está trabajando.

El’comercio interior , que es el mas útil de todos , porque de él depende esencialmente la riqueza pública , es también el mas fácil de fomentar , pues basta que el gobierno lo quiera; reduciéndose los medios necesarios para conseguirlo , á darle libertad en las compras , libertad en las conducciones , libertad en las ventas.

Esto basta para que el interes particular lo promueva y active con utilidad general de los otros ramos de la riqueza.

La libertad que reclamamos como indispensable para el fomento de este comercio, no se opone á que sus ganancias contribuyan con aquella parte que la justicia , y

la necesidad requieren para los gastos del estado; solo que estas contribuciones se han de imponer de modo que no molesten , ni coarten la libertad del tráfico.

Esto puede hacerse exigiendo una contribución directa á los comerciantes por repartos aproximados, ó mas Lien por medio de tarifas con relación al genero de comercio que aquellos ejerzan , y la población en donde residan. Otro medio es el de repartir una contribución sobre los consumos de un pU,eblo conforme á su población, y exigirla directamente de las tiendas en donde se vende el artículo ó ramo impuesto.

No es tan ventajoso exigir la contribución en el acto de entrar el ge'nero en el pueblo donde debe consumirse , y á lo mas puede tolerarse en capitales ó pueblos muy crecidos y aventajados por las leyes sobre los demas, por la permanencia de las autoridades y tribunales , ó per estar habilitados como puertos para el comercio estrangero ; y aun asi no lo aprobamos sino por los grandes apuros del erario.

Todo lo dicho no solo comprende las contribuciones reales , sino también las municipales : porque el objeto no aumenta , ni disminuye los perjuicios propios de la contribución: y con mas razón debe aplicarse á los estancos municipales , inventados por la ignorancia mas crasa, con los cuales se aboga la producción en su cuna , y dan márgen á toda suerte de dilapidaciones , sin otros muchos inconvenientes políticos relativos á la composición de los ayuntamientos.

Deben estenderse igualmente estos principios al comercio marítimo , llamado de cabotage, que se hace de puerto á puerto de la península ; porque fuera de ser un comercio interior , trae muchísima utilidad por. lo grandioso de sus operaciones y el ahorro que resulta en los portes bacie'ndose la conducción por agua.

Este comercio interesa también , porque es una escuela. de marineros para la marina militar ; .por enya razón

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no debe permitirse que le bagan los estrangeros , comó lo practican ellos en sus estados ; y el ahorro que nos presentan momentáneamente. en sus fletes, lejos de ser ventajoso, acarrea grandes perjuicios, arruinando á nuestros marinos y armadores, y por consiguenfe es la destrucción ds un ramo esencialísimo para el todo del comercio ; pues si aquellos se fomentasen , con la seguridad de ocupación se aumentaría su número, y con el tiempo bajarían los precios.

Para facilitar mas el comercio y minorar los fraudes conviene uniformar los pesos y medidas en todos los pueblos de la monarquía, adoptando de una vez un sistema raciocinado. > >

IMosotros elegiríamos el métrico decimal , con nomenclatura castellana. La base de este sistema es la medida de un grado del meridiano , á la que contribuyeron nuestros sabios españoles Llloa y D. Jorge Juan en el Perú. Ademas en la junta de sabios que se tuvo para arreglar el sistema decimal asistió un español; asi tiene todo lo que puede exigir el amor propio nacional para su adopción.

Por estas razones tomaríamos el metro para vara, (conservándole este nombre) por ser próximamente igual á la mas corta de las 'varas que tenemos ; dejaríamos la división decimal para las ciencias , y para las medidas eil que ahora nos servimos del pie y de la toesa , y le daríamos la de palmos y dedos, para el comercio por menor. Del decámetro, que son diez metros , haríamos el estadal, que son diez varas , conservándole este nombre para las medidas agrarias. El mismo método seguirianjos con los litros, kilogramos &c. , tomaríamos el peso ó medida nueva,^ y le aplicaríamos el nombre espapol de libra 5cc, (1).

(i) No hemos creído oportuno manifestar aun nuestra opinión sobre las monedas de que hacemos uso, asi efectivas como imaginarias.

Uno de los males que mas desaniman el comercio interior , es la falta de seguridad publica en los caminos. Causa vergüenza que sea la nuestra la única nación de Europa, cuyas diligencias viajan con escoltas: y aunque los estraugeros deducen consecuencias poco honoríficas contra la nación, nosotros las sacamos tan solo contra nuestra organización en esta parte; y lo inferimos asi, viendo que recorren largas distancias de nuestras mal pobladas provincias, con solo dos hombres para su resguardo : prueba muy cierta de que solo temen á rateros fáciles de evitar con poca gente bien organizada y distribuida.

Con este objeto estableceríamos un cuerpo militar de infantería y caballería fijo en las provincias para hacer este servicio j sin., aumento de gasto, pues á falta de aquel se emplean tropas del ejército con notable perjuicio de su disciplina y economía. Ademas, que aquellos cuerpos pudieran arreglarse de modo que en tiempo de guerra según las necesidades diesen batallones y escüadrones de campana, con lo que mantendrían el eutusijasmo. militar, y su utilidad seria mas completa.

Estos cuerpos podrían regirse por reglamentos semejantes á los que tienen los franceses para su escelenle gendarmería , pero sin darles este nombre , que en castellano es ridículo, pudiendo aplicarles con mucha. propiedad el de Dragones conocido y estimado entre nosotros desde, tiempo inmemorial.

Con absoluta libertad en el tráfico , buenos caminos, consulados y código de comercio, uniformidad de pesos y medidas y seguridad pública , no dudamos que progresaría rápidamente nuestro comercio interior , y con él todos los ramos de la riqueza pública. ^