Historia de la deuda contraída en Londres · Unidad 46 de 60
Unidad 46 · BÉDITOS DEL FONDO DIFERIDO.
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BÉDITOS DEL FONDO DIFERIDO.
Bn 1876 nno por ciento en dinero eobre sn importe.... $ 42,874 82
Bn 1877 doB por ciento en dinero sobro tn importe 84,749 64
Bn 1878 tres por ciento en dinero sobro ni importe. 187,124 46
Bn 1879 coatro por ciento en dinero sobro sn importe 169,499 »0
Bn 1880 cinco por ciento en dinero sobro sn importe 211,874 18
Bn 1881 seis por dentó en dinero sobro sn importe. 254,248 96
Este proyecto presentado al Ejecntivo despaes de haber desechado por completo como inadmisibles las bases del an* tenor y de haber refutado nuevamente las determinaciones que normaban la política de aquellos dias, con respecto á las deudas que se habian considerado como exteriores, fué á su vez de plano desechado, en una Kota que con fecha 24 de Harzo de 1871 le ftié dirigida al Sr. Perry por el 8r. Somero, haciendo constar la resolución definitiva de la Administración del Sr. Juárez.
Deda el Sr. Bomero en su Nota: ^He recibido la comunicación de yd, fecha 21 del mes corriente, en que manifiesta vd., en nombre de los tenedores de bonos mexicanos en Londres, y de los acreedores de algunas deudas que antes fderon objeto de convenciones diplomáticas ya extinguidas, que son inadmisibles las bases de un proyecto de arreglo que sobre los títulos de todas esas deudas, se remitieron á rd. con fecha 9 del mes actual.
^He commiicado al Presidente el contenido de la Nota citada de vd. y con sn acnerdo le manifiesto, qoe como laa gestiones qne vd. ha hecho y las reqraestas que se le han dado son de carácter confidencial, nna vez desechadas por Td« las bases qne se le propusieron, podria limitarse esta coma* nicacion á hacer constar ese hecho, como el término de nn esfuerzo intentado por el Gobierno de México á fin do pre^ parar la resolución de las cnestíones que afectan sn crédito^ bajo condiciones y principios qne se estimaron equitativos 7 aceptables.
*'Pero vd. no solamente ha hecho muy difícil la continua^ dm de estas discusiones meramente preparatorias al califican de inadmisibles las bases áltimaroente iNropue8tas,,sinaqnec parece qne desconoce vd. el espíritu de conciliación de que ha estado animado el Bjecutivo de México, como lo demnes*, tnii los preliminai^ extraoficiales que le han sido dirigidosi á vd. por él último Secretario de Belaciones Exteriores y por, e*t8 Secrettoía, y hace vd. apreciaciones inexactas respecto del estado de la cuestión en su sentido estrictamente legal. >
^Supone vd. que las deudas de que se trata son exteríorea y que las leyes que México dio para su defensa contra loa que impulsaron y cooperaron á la intervención extraigo* ra.en los negocios interiores de la Bepáblica, no pueden ez-^ tenderse y aplicarse á los extaianjeros; como si esta calidad; fuera una salvaguardia para ofmder impunemente á una. Nadon, y como si los extranjeros que á este carácter reunían él de aciseedores de la Bepública, no debieran hah^ observar > do por lo menos una conducta de neutralidad rec^^ecto de. México.
'^Los principios que han servido de base al Bjecutívo de Mékico, en la conducta que ha observado respecto de este asunto, están apoyados no solo en prevenciones terminantes de leyes vigentes de la Bepública, que el Ejecutivo tiene el deber de cumplir, sino en los principios mismos del derecho
éb j^sf 66 ^oé vá. isToba.^ <knibídertmflo i}ne los tonedSIM de iMbos eatán h^QO sü salmg^iattliai"^ :
Deá^Tiieft de deseti volver ooii tad& la extebsioo posibto 1m ctonsiderQdioiies qíie babian servido de apoyo é\ íSQecntivb pwa dirigir la eéM^e Nota de 26 de Dieiebibre de 18G8 qoe ^6 cA cariáctét ton que debía reoonoeeree la ded^ de LériH dres, termiuaba la comunicación del Sr. Botoero: '^Ooxno In^ eaperadainenté vd. ba venido á ffiostitaráe, segub las objecis' ses qike ébntiene sn ck^munioadon dé 21 del mea ástrntl^ y en el proyecto que á la misma tuvo vd. á bien adjniítbiv ta& opuesto á táliBS pf inoipios^ y aán pudiera deeicsd á todü eonoíliatolon práctítí» y verdadera, parece exíMisada la díschisfam sobre los detalles de las bases que se propuaieroú, y solo restÉ ittdíearle qne el Ejecutivo pondrá en conocimiento del Gon* gfMO este inovdeiite) y que el Poder Legislativo dé M^iDo, «Mksaltáiid6 la posibilidad dé la Nación y la extensión dlñass obllgu^lones y die sus dereobos^ tratará de arreglalr «il asiinto lAlailivo á la deuda nücional, oonciliando en justicia y éqpti^ ábá los IntetisseB 4ue se venan en ella."'
E>1 agettte de los tenedores aprobó con júbUo la tésoluototí del Oobieruo de dar cuenta al Congimo con él incidea^ te ralativo á la deuda; ' y pMos dias d^Bápues, <mmpHMdo oon aquella oferta, la 8e<»^taría de Hacienda presentó al 0f Oongtoso la iñidativa As 1^ de Abril ¿e 1871 sobte reeono^ ola^tttO) liquidación y con versíM de^ toda la deuda pAUlefl) basada en verdadetos principios económieós, y proéurané^ evita» las eotaslgftiacioneB' de reidtas espedales que tan gto^ ywaa y Iwmiltatttes háMan sido para el cítiditéy bénoi* y telh potabilidad de la Bepúblico.
Ooú la iniciativa del %t. D. Matías Remoro, puede detírse^ae termina el segundó período de los arie^loA intentÉdab
1 Bxptflieiaa eitftdi^ pág . 53. ^ £xpo8icion citada, i^ág. 64.
piíDriiiBÉA d» les tonédctffis do boiMfi de la dottdft MotaAl^ en I4pdr^s p^»a, poper ea vía 4a pago e) íijitfMrM 4» fWt tf («- ioft y kMb Mfaemoa heobos por une^tro Bp|;Ú9niQ pam tf^tisfBcemna de ku» psinqrw noMBidade» de «i^ arédilfe y 4^1» Hadflüda» pofaUoa, deaorgani^a^a pov laa ÍBW8aolm WYPii^ isíf aea que bao asi^kulo al pab. M¿s tarde, docattto lia n^iiér aialKatton del Ctoaeral S. Porfirio. Días, thiIví^ío^ i preMOh tei|ift noaroa ptoiM y proyeatoe de co0veteÍQD( peoí^aiM^ do hams su luatoiría ea iud^ipdDaahla baeer un Mtwüi» QQqkparativo de los diversos proyecto» qiie d<gp«EiO$ aPAlimclM) pan que puedan flCüfíifiUoi^.Dlo pensepjbUilea la9 di^Roat^as y vafttíyaa (k iw w y otroa.
Considerando la deuda convertida en los seis anteriores proyectos como renta perp^t^%^ dejando aj, Qobierno la facultad de hacer compras en la cantidad, forma y tiempo qne fuesen más convenientes á su^ iqiteise^^s, tomando en cuenta el js^QX {^ Ivs Qtetalea preciosos y el rédito de los pepitaÍes en el interior del país, podian estimarse las conversiones de la siguiente mau^:
Proyecto 19 — ^Perpetuidades á seis por
ciento , $4u4S&,i^5 36
Ptoypfito, S^T-Perpetuidades á seis por
éento y al tres por ciento 2.072,121 76
Proyecto 39— Perpetuidad^a á tore» pou
ciento 1.57a,fá7 50
Proyecto 49 — Perpetuidades á tires por
ciento. L9aa,7í6 66
Pfioyeot^o 5.9 — ^Perpetuidades á tres por
ciento 1.963,859 46
l^i^ecto 6$ — Pepiietuidadesá seis pos
ciento y tí^es ^or ciento.. ,..-..... 2.515,909 06
Pouip fdíjilaiente ^e pcrcibp á la siinj)to vista, el más ventajoso 4e todos kta prQyiMÉoa ana fá 3?> y aatooáiidolQfi ía fl
diden de la economía que cada mío de ellos prcfpamaasklM^ á la Bepública, qaedarian; proyecto 3?, 6?, 4?^ 2?, 6? y 1?
Sin embargó, para poder apreciar de una manera más exacta el peso que la deuda hubiera podido filcanzar con ca- -áík uno de estos arreglos, es preferible suponerla amortieable en un plazo compatible con los recursos de la Hacienda pdblica del pafs, y aplicarles las fórmulas de los empréstitos de duración limitada, de anualidades variables ó invartablesi según sean las diversas condiciones [estipuladas en cada uño de los referidos proyectos.
Aplicando estos principios y calculando la deuda amortizable en cien semestres ó sean cincuenta años, tendremos: