Sistema económico y rentístico de la Confederación Argentina según su Constitución de 1853 · Unidad 141 de 227
Unidad 141 · 17* JUAN B. AIJIERní
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17* JUAN B. AIJIERní
trado que tiene fuentes abundantes y positivas de renta pública; i tiene lo suficiente para el pago de los intereses de su deuda. Posee inmensas tierras públicas, que han adquirido valor real por el nuevo régimen político; luego es capaz de amortizar gradualmente el capital de su deuda.
Siendo el crédito del Estado el recurso más positivo de que pueda disponer en esta época anormal y extraer linaria por ser de creación y formación, será preciso que los Gobiernos argentinos sean muy ciegos para que desconozcan, que faltar a sus deberes en el pago de los intereses de la deuda, es lo mismo que envenenar el único pan de su alimento, y suicidarse; es algo más desastroso que faltar al honor, es condenarse a la bancarrota y al hambre. El Gobierno argentino acaba de dar una prueba de que comprende esta verdad en toda su latitud, cambiando la organización que había ensayado por error para su crédito público, por otra que le restablece a sus bases más normales y más firmes.
La estabilidad y subsistencia de los compromisos de crédito contraídos por el Gobierno es garantía que acompaña a los del Gobierno actual de la Confederación Argentina, por ser constitucional y enteramente legítima su existencia, lo cual hace que sea la Nación misma, más bien que el Gobierno, que la sirve de intermedio, quien se obliga por los actos legislativos del Congreso que la representa, y a cuya autoridad ha dejado la facultad de contraer empréstitos de dinero sobre el crédito de la Confederación, por el Art. 64, inciso 3 de su Constitución federal. Y como ese mismo Congreso vota anualmente por ley la forma en que ha de invertir los valores obtenidos a préstamo como todos los que sirven al gastos público, la Constitución, que esto determina, da en ello una nueva garantía a los prestamistas, de que la inversión útil, moderada y tal vez reproductiva de los fondos prestados, se hará de u» modo que asegure el pago de su renta y sostenga el valor de sus capitales escritos. De este modo el Gobierno constitucional y responsable contribuye, por el hecho mismo de existir, a ensanchar las riquezas del Estado.
En cuanto a la estabilidad del Gobierno, es decir, a la paz y al mantenimiento del orden, en que reposa el edificio del crédito y de toda la industria, jamás la Confederación ha tenido garantías comparables a las que hoy aseguran su tranquilidad.
La paz es firme y estable hoy día. porque hay un Gobierno nacional que cuide de mantenerla. Ese Gobierno ha faltado enteramente por espacio de treinta años, en que las provincias vivierom aisladas unas de otras y destituidas de Gobierno interior común. En la ausencia total del Gobierno interior, la paz no podía existir por sí sola en las provincias del Plata, como no existiría en loa condados de Inglaterra, si faltase el Gobierno general del Reina
o, c:iyo principal atributo es sostenerla.
El Gobierno será estable porque tiene elementos reales de poder, lo cual no sucedía en el tiempo en que las provincias privadas del comercio directo por la clausura de sus ríos, en vano tenían el lio abstracto de gobernarse a sí mismas como Nación independiente y soberana; las rentas, en que consiste el porler de becho, quedaban en manos de la provincia que tenía el privilegio exclusive de la aduana exterior.
El c -lirecto a que deben las provincias el goce de sus
medios matei de gobierno es estable para siempre, porque des-
cansa en la libre ' . en cuyas márgenes están
los puertos de la3 provincias, abiertos a esc comercio directo de la Europa, por tratados internacionales de duración indefinida.