Sistema económico y rentístico de la Confederación Argentina según su Constitución de 1853 · Unidad 191 de 227

Unidad 191 · x B. ALCEKDI

Texto completo en español de una edición de dominio público con fuente y huella registradas.

x B. ALCEKDI

nes o servicios en que esté subdividido el despacho general de hacien

Formar el presupuesto de entradas y gastos.

Dirigir y proveer todo lo conducente a hacer recaudar las rentas de la Confederación, y decretar su inversión con arreglo a. las leyes de - orrer con la subasta y arriendo de

la recaudación de ramos fiscales.

Redactar las instrucciones y reglamentos que juzgare necesapara poner en ejecución las leyes federales sobre hacienda, cuidando de no alterar su espíritu con excepciones reglamentarias (son palabras de la Constitución).

Redactar los proyectos de ley que emanen del Ejecutivo en materia de hacienda, y los decretos para la sanción y promulgación de las leyes sobre el caso, encomendada al presidente. (Artículo S3, inciso 4).

Despachar en los nombramientos y remociones de los empleados de la administración de hacienda que fueren de la atribución del presidente. (Dicho artículo, inciso 10.)

Administrar y conservar los fondos del Tesoro nacional, los bienes nacionales, baldíos, caminos, muelles, edificios fiscales.

Dirigir todas las operaciones y negociaciones del Tesoro de la Confederación.

Correr cen el reconocimiento, consolidación, pago de interés y amortización de la deuda pública de la República, de iodo carácter y en todos sus grados.

Dirigir y ejercer una inspección activa y vigilante sobre todas las oficinas, tanto centrales como provinciales de carácter nacional, en punto a contabilidad, a cuenta y razón de su3 entradas v lidas.

rar o despachar lo relativo a casas de moneda, a, pesos y medidas.

Ir a los jefes de todos los ramos y departamentos de la administración, y por su conducto a los demás empleados, los informes que juzgue convenientes al desempeño de su ministerio de Hacienda. (Art. 83. inciso 21.)

Tales son los límites del poder administrativo del presidente, cuyo despacho pertenece por la Constitución a su ministro secretario de Hacienda. Más adelante, al tratar do la jerarquía de los funcionarios de Hacienda, veremos cuál es la medida del poder propio, que el ministro inviste en la gestión de esos actos y en el desempeño de esas funciones. Por ahora veamos qué reglas suministra la Constitución para organizar las varias direcciones o servicies en que naturalmente habrá de dividirse el despacbo de la administración de Hacienda por una . ! de su mejor y más

expedito desempeño.

§ i"

i Ministerio de Hacienda en 'varias direcciones o servil

gobiernos que se apoyan en la opinión, es decir, todos loa gobi' orque no sólo Que de-

ben su elección al voto popular, sino también I03 que deben su estabilidad al los gobiernos patriotas, que asi se

llaman lo ecn el asentimiento de la Nación, aceptan. más¡

bien i o, los ministros que la opinión les da.

F.n ninguna parte la opinión es técnica o facultativa en aua elecciones. Las simpatías, el entusiasmo las deciden. El valor, la