Criminología · Unidad 20 de 265

Unidad 20 · LA RESPONSABILIDAD 49

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LA RESPONSABILIDAD 49

cial de la pena era la culpa, de acuerdo con las doctrinas morales dominantes, y por ese camino llegóse á pensar que el autor de un delito, para ser castigado, debía tener la inten-

ción, la libeftad, la conciencia y la voluntad de realizarlo.

Esta falsa justificación moral de la función defensiva del derecho, consiguió filtrarse en la ley penal y arraigarse en la convicción de los juristas, en consonancia con las ideas morales de la época. En ese punto de la historia jurídica se plan-

tea el problema que en la actualidad está aún por resolver.

Las premisas de orden moral y religioso desvirtuaron la función misma del Derecho Penal; éste, en vez de proponerse defender á la sociedad contra los delincuentes, se propuso castigar la maldad voluntaria de estos últimos.

La doctrina se sobrepuso, en todas partes, á las primitivas prácticas empíricas, amparándose de las opiniones filosóficas más difundidas entre las clases legisladoras, que crelan en ella con tanto fundamento como en la forma cuadrada de la tierra y en la traslación del sol en torno de ella. Sin ningún esfuerzo los penalistas clásicos creyeron encontrar la clave de la responsabilidad en el «libre albedrío», que vino á ser el tema central de los ejercicios dialécticos en que los filósofos perdieron su tiempo durante algunos siglos. |

Con razón afirma Fabreguettes que todas las legislaciones criminales clásicas han supuesto que el hombre nace con un alma ó una conciencia dotada de dos facultades esenciales : conocer el bien y el mal, y poder elegir libremente entre ambos. | |

En este punto de la evolución jurídica se encuentran, más ó menos, todos los Códigos Penales contemporáneos. En esa responsatilidad se funda el derecho de castigar, elevado á la categoría de función social. Lógicamente—se ha dicho—si se considera al individuo libre de querer ó no querer realizar el acto delictuoso, debe castigársele por haberlo realizado, como expiación de su delito y haciendo del castigo un ejemplo para él mismo y para los demás. |

Esa es, en suma, la idea cardinal que preside á la función

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punitiva : se castiga al delincuente por tener libre aibedrío y ser responsable de su delito.

No hacemos aquí la crítica científica de la responsabilidad ; nos limitamos á señalar el criterio en que la legislación funda la imputabilidad del delincuente.

La teoría emitida por Tarde sobre la responsabilidad y la irresponsabilidad, aunque insuficiente para mantener en pie ese principio contra las críticas fundadas en la psico-fisiología y el determinismo psicológico, sirve para explicar la evolución del criterio jurídico, en cuanto á este punto se refiere. El mismo resume en las siguientes palabras su teoría: «La responsabilidad de una persona ante otra supone reunidas las dos condiciones siguientes: primera, que existe cierto grado de semejanza social entre ambas; segunda, que la primera, causante del daño incriminado, haya continuado siendo tdéntica á sí misma».

El criterio de la responsabilidad evoluciona restringiéndose, tiende á excluir progresivamente á cuantos no reúnen esa doble condición de semejanza y de identidad ; la primera con relación al agregado social, la segunda con relación al individuo mismo.

La falta de semejanza social determinó la restricción de la responsabilidad 4 los individuos de la especie humana. Se consideró lógico el acto reflejo primitivo contra seres que no podían tener intención de realizar el acto delictuoso. Los seres inanimados fueron los primeros irresponsakles. El niño, al llegar á cierta edad, no se enoja con el escalón en que tropieza ni pega al caballo de madera de donde cae por imprevisión propia; en cierto momento de su evolución el hombre dejó de azotar á los árboles y patear á las piedras, considerando irresponsables al primero de su caída v á las segundas de sus heridas en los pies.

Análogo proceso psicológico excluyó á los animales de la responsabilidad, aunque es fuerza reconocer que la irresponsabilidad sólo ha alcanzado sanción jurídica, sin penetrar definitivamente en las creencias de las masas. Si una cocinera