Criminología · Unidad 21 de 265

Unidad 21 · LA RESPONSABILIDAD - 31

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LA RESPONSABILIDAD - 31

consigue atrapar al ratón que ha roído su queso le condenará á muerte lenta y martirizadora, para hacerle pagar su delito contra la propiedad ; y podría recordarse el caso, harto conocido, de una matanza de puercos en cierto pueblo donde un niño de pecho había sido devorado por un cerdo.

Ese mismo criterio hizo considerar irresponsables á los cadáveres; cuando el alma había salido de ellos, faltaba la entidad responsable merecedora del castigo. Esta forma de la irresponsabilidad sólo tiene sanción jurídica ; en la vida social son frecuentes las venganzas contra los cadáveres: desde la prohibición de enterrar los de herejes en ciertos cementerios hasta la costumkre de ultrajar los cadáveres de los enemigos, difundida en numerosos pueblos. Por eso los ultrajes y el descuartizamiento cadavéricos, explicables en sociedades poco evolucionadas, representan en nuestros días una mentalidad inferior ó una verdadera reversión atávica, como han demostrado numerosos autores, desde Spencer hasta Nina RodríÍguez.

Restringida la responsabilidad á los hombres, apareció otra causa restrictiva. No bastó que existiera similitud social entre el delincuente y el agregado social; se reputó indispensable que el individuo, al cometer el delito, conservara su 11entidad personal. En otras palabras, para que el delincuente tuera responsable de su acto éste debía representar «una forma de actividad conforme á su carácter», como dice sintéticamente Binet. |

Según este nuevo criterio, no bastó la simple adjudicación del delito 4 un hombre para hacerlo responsable ; fué menester que su libre albedrío existiera normalmente, acompañado de la facultad de querer realizar ó no el acto: quien no podía quererlo no debía considerarse 'responsable. |

Esta idea tan simple y fundamental, tardó muchos siglos para penetrar en la conciencia de los juristas y tardará todavía en ser comprendida por los ignorantes y los semicultos. Vivió en estado latente ó larvado durante mucho tiempo, más Ó menos comprendida por algunos espíritus selectos; la ley escrita

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tardó en acogerla. En el siglo XVII, cuyas reglas de medicina judicial estudió E. Locard, y aun en el pleno siglo xvi, según refiere Fabreguettes, los jueces de Francia nada tenían que averiguar ni informar sotre el estado mental del delincuente ; la ley no sospechaba que la locura pudiera ser causa de irresponsabilidad.

La historia de la Edad Media es rica fuente de información sobre la escasísima importancia atribuida á la locura como causa de irresponsabilidad. Millares y millares de alienados pagaron en la hoguera delitos cometidos bajo la influencia directa de sus trastornos mentales. Pero tal estado de ignorancia no podia perpetuarse. La observación se impuso á los juristas, aun á los más retrógrados, señalándoles el camino á seguir en la interpretación juridica del delito de los alienados.

Tras dudas prudentes y moderados atrevimientos, algunas legislaciones comenzaron á admitir entre las causas de irresponsabilidad la «locura total», las ruidosas formas clínicas de alienación, las anomálias congénitas muy llamativas. Al declinar el siglo xvnmI, la legislación penal inglesa consideraba irresponsables á los idiotas y á los locos, pero solamente se consideruba tales á los afectados de locura «á gran orquesta», según la frase de Tarde. En los demás países, por esa época, la ley penal consideraba la locura como simple atenuante, 0 no decía una sola palabra al respecto, librando al arbitrio del juez el temperamento á seguir cuando el caso ocurriera.

A fines del siglo xvIt, dos grandes causas contribuyeron á extender la irresponsabilidad de los alienados. Por una parte, la Revolución francesa trajo una fermentación de ideas humanitarias, kasándolas en abstracciones filosóficas altruístas,. ionalitarias, etc. ; este hecho predisponía la conciencia colectiva para acoger con simpatía cuanto se presentaba con carla humanitario. Coincidieron con esa situación. del espíritu público los notables trabajos de Pinel, abriendo un camino luminoso al estudio del hombre alienado v llevando fácilmente al ánimo de muchos juristas la convicción de su irresponsabilidad. Después de Pinel, los alienistas franceses libraron hon-