Moral social · Capítulo real 20 de 32
CAPITULO XXIII
Texto completo de esta unidad literaria, reunido aunque el lector la divida en 4 tramos técnicos para mejorar el rendimiento.
CAPITULO XXIII
nEBERES COMPLEMENTARIOS. — CONTWÜACIÓN
En la relación de gratitud funcionan como inmediatos derivados suyos los deberes de obediencia A las autoridades del hogar, de sumisión á los mandamientos municipales, de adhesión á los decretos del gobierno regional, de acatamiento á la ley de la nación, de filantropía ó amor activo y reflexivo al ser humano, nuestro congénere, nuestro colaborador universal, nuestro compañero de medios y fines en la vida. Ninguno de
, (*) Hay, siempre en los Estadoa Unidos, otra institución de beneficencia que tiene por fin el procurar tiigiénicos solacea á los nifios pobres, llevándolos gratis á excursiones terrestres, fluviales ó marítimas, cayo alcance moral se percibirá algUn día.
[•*) Hay casas de beneficencia para cada uno de los tres momentos capitales de la vida.
esos deberes es compJeto si no actúa con él, como operando para fines particulares dentro del general de la función, un deber complementario de ella. Ni la obediencia es fructuosa cuando no la secunda la veneración; ni la sumisión á la autoridad municipal puede, sin la benedicencia, que es el lazo de paz y de concordia, dar el orden por fruto y resultado; ni la adhesión de las provincias á su autonomía salvadora de derechos, tiene fuerza bastante de adherencia cuando no es intima, continua y concienzuda la reverencia al gobierno regional; ni el acatamiento á la ley nacional es suficiente sin la resignación de los nacionales á las contrariedades, pérdidas ó peligros que pueda ocasionarles la conversión de la voluntad prural en ley; ni la filantropía es pada sin la benevolencia, por más que, juntos el deber generador y el generado, den por fruto la fuerza de atracción humana.
A la tercera relación, relación de utilidad, concurren como lazos que la hacen más fuerte y resistente el deber de sacrificio, el de unión, el de cooperación, el de abnegación y el de cosmopolitismo.
No operará junto con el deber de sacrificio su generado el de solidaridad, y la familia no subsistiría mucho tiempo; pero como la idea de la solidaridad de los elementos constitutivos de la familia se manifiesta continuamente, en su actividad ordinaria y en sus agitaciones extraordinarias, la idea del deber, de sacrificio labra, también de continuo, la voluntad de la familia y su conciencia, completándose el uno en el otro déoer, y haciéndose posible la solidaridad por el sacrificio, y el sacrificio por la solidaridad. Sepárense mentalmente las nociones y los deberes que arrai-
can en ellas, y se Terá derrumbarse !a familia. Lo mismo, y por ser igualmente inseparables el deber genérico de unión y el generado de legalidad, se derrumbaría el municipio.
La unión no puede pasar de sentimiento, ni aun de presentimiento, cuando el deber de legalidad no es efectivo en el hombre de todos los grupos sociales, pero particularmente, por ser el fundamento de la sociedad jurídica, en el grupo municipal.
Legalidad no es vocablo fabricado por una raza que na hecho esfuerzos muy sistematices por el derecho, y por eso no contiene la idea de aebei". En su acepción usual, no pasa de referirse á la
Í)ropiedad de lo fundado en ley. Por eso parecerá orzar el idioma el extraer de esa palaly:a una idea que no ha imbuido en él la familia de hombres que lo habla. Sin embargo, la idea de deber cabe en la de propiedad de lo legal, puesto que hay uso y empleo de ella en una esfera de la vida púDlica, y puesto que ese uso ó empleo puede hacerse de un modo regular y conciliando el acto con su razón ó su motivo. Cuando hace esto último el magistrado, cumple con un deber y sabe que lo ha cumplido.
Pues es necesario que ese deber se extienda á la universalidad de los asociados y se practique por todos ellos, para que el hábito de cumplir la ley y de exigir que se cumpla y de contribuir á que se establezca normalmente un orden de ley, concluya por producir en el municipio la unión que ha de servir de tipo á las sociedades superiores que en él se cimentan.
La integridad es el deber de invertir con puntualidad, y con arreglo á los medios y al propósito, los recursos de que se puede disponer, ya
sean individuales, ya domésticos, ya municipales, ya provinciales, ya nacionales, ya de asociaciones particulares, ya de asociaciones internacionales. Es, además, cumplimiento de los compromisos contraídos, ya jwr el hombre, ya por cualquiera grupo de la jerarquía social.
Es un deber correlativo del de cooperación, y, como todos los demás deberes complementarios, aplicable y trascendente á la moralidad de todos los grupos. Si lo colocamos en el provincial, y como afecto al deber de cooperación, es porque efectivamente concurre de un modo inmediato, en toda obra de cooperación, al éxito de ella.
La cooperación, considerada como deber, no es la ciega tarea de los esfuerzos económicos que indirectamente dan por resultado un beneficio social, ni aun el conjunto de actos previstos y preparados que dan á los obreros de Eochdale un mstrumento económico de primera fuerza: incluye el proceder de una y otra, pero es además el conjunto de actividades combinadas ordenadamente, por la acción del deber, para obtener el aumento de vida provincial. Pues bien, esa obra no puede llevarse á cabo si los q^ue en ella toman parte no tienen una disposición continua á cumplir todos los compromisos que contraen, empezando por los más elevados, los morales, y concluyendo por los más bajos, los económicos, que" no por menos elevados dejan de importar, infini-' tamente, tanto para el éxito material cuanto para el moral de la cooperación.
Por eñcaz que de suyo sea la abnegación, y por mucho que pueda servir de sólido cimiento a la moral social, nunca cumple de una manera tan orgánica su función de completar en la patria la obra de sacrificio y solidaridad, de unión y de
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Cosmopolita no es el hombre que falta al deber de realizar los fines que la patria le impone, sino el que, después de realizarlos ó batallar por realizarlos, se reconoce hermano de los hombres, y se impone el deber que reconoce de extender los benencios de su esfuerzo á cualesquiera hombres en cualesquiera espacio y tiempo.
Cosmopolita es el patriota en toda patria. Empieza por serlo en la de orig:en geográfico y concluye por serlo en la de origen zoológico. Empieza por ser verdadero hombre en su patria, y acata por ser verdadero patriota en la humanidad entera. Tiene la completa noción de dignidad -que se desarrolla en los seres de conciencia cultivada, y por lo mismo que las utilidades calculadoras son incapaces de moderar sus impulsos hacia el bien, tiene de la utilidad la idea exacta que ha de tener el que quiera fabricar en la realidad de la naturaleza humana, y reconoce que el uso mejor que podemos hacer de nuestros medios de acción es el que hacemos en provecho de los hombres todos. Entonces, para el, todo el mundo es patria, porque todo eí mundo es la repetición exacta de la porción de humanidad de que procede, y en todas partes tiene el deber de hacer lo que quiso, deseo ó intentó para su patria, y porque en todas partes trabaja para ella, no solo por «er solidarios entre si todos los bienes de los pueblos, sino porque el mérito que adquiera ante otros pueblos refluirá como honra y gloria para el suyo. *■
üivilimción. — El hombre no tiene solamente el deber de educación moral é intelectual que deben proporcionarle la Familia, el Municipio, la Provincia y el Estado; el hombre, cada hombre, cada grupo de hombres tiene también el deber de co-
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municar á los demás las nociones, las ideas, los principios, las doctrinas, los procedimientos, los. métodos, las teorías, las reformas y las innovacionesque hayanhecho. Los conocimientos, prácti-. eos j teóricos, en q-ue se funda el desarrollo de los bienes materiales, morales é intelectuales, son patrimonio de la Humanidad. No éste, no aquél, na esotro pueblo; no éste, no aquél, no esotro individuo son los capaces de realizar por sí mismos los* fines de la Humanidad. Todos tienen que concurrir, todos son hijos de la Humanidad. Esa comunidad de propósitos constituye el deber, en cada hombrey grupodehombres, de cooperar á sabiendas á la realización del destino común de nuestra especie. No cumpliría con ese deber el individuo ó sociedad que negara el beneficio de su cultura particular á las demás sociedades é individuos. Y al faltar á ese deber, sufriría la pena de su culpa, privándose á sí mismo de los elementos de cultura peculiar que pudieran tener aquellos pueblos ó individuos á quienes negara el contingente de sus conocimientos y adelantos. Por su parte, la sociedad universal desconocería el derecho que cada sociedad particular tiene de contar con el ejemplo y con la educación del ejemplo que r' ibe con el espectáculo de la civilización; y ■ ia vez que consiente ó aplaude ó favorece desa ollos de barbarie, y mientras abrigue en el seno mismo de sus civilizaciones el hormiguero de bárbaros que hacen las injusticias, la ignorancia - y las desigualdades de derecho, que siempre están ojo alerta esperando el momento de aval, azarse sobre los opresores que les niegan la parte de suelo y cíelo que todos recibieron en común, la sociedad universal faltará al deber de presentarse á la contemplación é imitación de loa hom-
pió, la firmeza á. la provincia, la justificación á la naciÓD, la imparcialidad al hombre universal, <»da uno de esos deberes y todos ellos juntos completan y perfeccionan la obra que en la realización del derecho aprenden á hacer los niños, cumpliendo el deber de educarse en el hogar; los párvulos, cumpliendo con el deber de asistir á la «scuela fundamental; los adolescentes y los jóvenes, cumpliendo con el deber de buscar y recibir la educación profesional; los jóvenes y hombres. completando en la Universidad el desarrollo de razón; la humanidad de un tiempo, completando el desarrollo posible de la conciencia en el examen, espectáculo y ejemplo de la civilización universal.
Como en todos los grupos anteriores, el deber genérico no es perfecto sin auxilio del deber que ha generado: sin prudencia, la educación del hogar es imperfecta; sin equidad, la educación á que ha de proveer el municipio es un deber fallido; sin firmeza, las profesiones, carreras y actividades que ha de franquear á sus hijos ¡a. provincia, estarían á merced de planes inadecuados ó de rapacidades que es necesario contener; sin justificación , la Universidad será privilegio de cuna, capital, preocupaciones religiosas, pret juicios científicos, errores corporados, reacciones . y retrogradaciones disfrazadas de ciencia y de progreso; sin imparcialidad, no hay justicia; sin justicia, no hay conciencia; sin conciencia, no hay mora!; sin moral, no hay verdadera civilización; luego, sin cumplir el deber de ser imparcial, no ,. se puede cumplir el deber de civilizarse.
Pero además de la prudencia que ha de tener la familia en la educación que debe dar; además de la equidad que ha de desplegar el municipio
en el cumplimiento de su deber de fundar la escuela en la ciencia; además de la ñrmeza que ha de mostrar la provincia para defender contra ejecutivos rapaces ó contra legisladores insensatos las rentas y el plan de los estudios que le están encomendados para concurrir á la difusión del derecho práctico y teórico ; además de la justificación que se pide al Estado para que cumpla el fin de la Universidad por el fin mismo, j no porprejuicios, preocupaciones, designios, parcialidad o fuerza capaz de contener el último desarrollo de la razón; además de la imparcialidad que se pide á los hombres de una época para que juzguen con justicia la civilización á que contribuyen y las que usufructúan, hay un deber de prudencia, un deber de equidad, un deber de firmeza, un deber de justificación, un deber de imparcialidad que tocan inmediatamente á los educados para el ejercicio del derecho por el hogar y por los demás grupos sociales.
La prudencia, como virtud, ha servido de poco á la moral. Es la virtud más rara, aunque hay pocas virtudes, tan capaces como ella, de desarrollar fuerzas sociales. Cuando no hace meticulosos, hace pusilánimes. Y claroque esos son hijos del miedo, no de la prudencia. Hijos del miedo, no porque una parte de prudencia no entre en él, sino porque la parte de prudencia que entra no sirve, como serviría, si obrara como debe la prudencia, para corregir lo que el instinto de conservación tiene de ciego, y, por lo tanto, de miedoso, con lo que tiene de previsor, y, por lo tanto, de enérgico y tranquilo.
Educados los niños en el ejercicio del deber de ser prudentes, recorrerían con la misma serenidad y con el mismo dominio de sí mismos y de los
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accidentes de la vida, toda la escala social, y en toda ella, armados de su derecho, educados para ejercitarlo, prontos siempre á defenderlo en los suyos, en sí mismos, en todo, en todos, cada nuevo grado de racionalidad á que ascendieran sería un grado efectivo de la conciencia, y cada conciencia educada en el deber aumentaría la fuerza moral de la sociedad. El niño como debe ser daría al hombre que debe ser.
Hoy no se enseña el deber que no se practica, y las que empiezan por ser imprudencias de la conciencia y la ignorancia, concluyen por ser premeditaciones siniestras de la vanidad, la jactancia, la arrogancia, el egoísmo, la ambición, la codicia, el fanatismo, la vanagloria y la criminalidad hereditaria.
Por eso es tan incompleto, aun en el raro caso de que la familia cumpla precisamente con su deber de educación domestica, el fruto que de este deber primario obtiene la familia.
El que de su deber genérico de educación fundamental obtiene el municipio no es más completo. La equidad no es tampoco un deber para la moral contemporánea, y el educador no la enseña sino como sentimiento virtuoso. Por cada equitativo hay noventa y nueve niños, adolescentes, jóvenes y hombres que, en todas sus relaciones, ponen de tasador á su egoísmo.
Es una torpeza. La equidad, como la prudencia , es un deber de razón: cuanto más y mejor educada, la razón, mejor lo ve, mejor lo comprende, mejor se inclina á, proponerlo a la conciencia y á doblegar con él la voluntad rehacía. Intimamente, como la prudencia, relacionada con el derecho, é inmediatamente ligada al deber de conocer fundamentalmente las realidades naturales, la equi-
dad puede y ha de fomentar en la conciencia infantil el deber que, en todas las relaciones de la vida, hace amable y fuerte en su derecho al que, por conocer el suyo, respeta profundamente el ajeno. La firmeza no es, como la vida práctica ■ traduce, ni terquedad, ni obstinación. Es un deber originado por un nuevo desarrollo de razón, y no puede ser necedad ni sinrazón. Cuando las regiones cumplen con su deber de educación técnica y politécnica, como sucede en los Estados federados de la Unión Americana, la firmeza en el derecho es tan inconmovible que ni siquiera se concibe la posibilidad de conmoverlo.
Una vasta cultura de razón, no ya con un fin social cualquiera, sino con el fin humano de favorecer el acceso del conocimiento á las verdades más complejas, no es deber que puede en la actualidad cumplir el Estado nacional, porque la universidad de tradición que existe hoy no es más que un centro de conocimientos profesionales que sirve, sin duda, para ejercitar la razón, pero que sólo sirve para ejercitarla en la adquisición de nociones parciales, no de la serie total de noció- ' nes que, independientes de la limitación en que las encierran JOS estudios profesionales, muestra el examen de la naturaleza á la razón que sólo pide ejercicio desinteresado de sus fuerzas.
Aquel altísimo sentimiento de justicia, que es, con el amor de lo bello, de lo bueno y de lo verdadero, la razón de la dignidad humana, solo por vocación espontánea de las grandes almas se desarrolla en las que efectivamente son grandes. Uno de los motivos por que no se desarrolla en toda alma humana, es porque el deber de ser justas en todo y con todas no se ejercita ni se enseña á ejercitar por medio de vastos deeenvolvi-
mientos de fuerza intelectiva. Uno de los signos de civilízacióu que muestra el siglo actual es la teadencia común de los hombres á reconocer la realidad de los hechos, á confesar las verdades que alcanzan, á justipreciar las acciones humanas por sus móviles, á incluir en su juicio de hombres y cosas, ya como realce de méritos, ya como dirimentes de culpas y faltas, la coacción de medios y circunstancias contrariantes.
Eso es, á no dudarlo, una prueba del aumento de imparcialidad; y á no dudarlo, resulta del aumento de razón colectiva de que la civilización es prueba evidente. Pero de esa imparcialidad racional á la imparcialidad moral que actúa como deber para favorecer y completar el deber de civilización en que está cada hombre y todo el hombre de la historia, hay la misma distancia que hay entre la civilización indiferente á la moral que conocemos y la civilización deferente á la moral, fundada en la moral, que conocerán los hombres cuando hayan llegado á aquel desarrollo de conciencia en que la imparcialidad no sea una cualidad privativa del historiador, ni un medio inmoral, como el de que ho3^ hacemos uso, para cohonestar vicios poderosos ó brillantes con virtudes ó esfuerzos ó méritos secretos, sino un deber que se cumpla tranquila v sosegadamente como tributo de la justicia á la verdad y de la conciencia á la razón.
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SEGUNDA FAETE
X.A UORAI. 7 LAS ACTIVIDADES DE LA VIDA
CAPITULO XXIV ENLACB DE LA MORAL CON EL DERECHO POSITIVO
Patentizad*» ya en la relación de derecho los deberes colectivos é individuales que se deducen espontáneamente de ella, quizá parecerá superabundante la materia de este capitulo. No loes.
En primer lugar, el derecho, por su nativa virtualidad orgánica, trasciende tan hondamente á la actividad general de la vida humana, que la mejora y, por tanto, la perfecciona si se ejercita; que la malea y, por tanto, la corrompe si no es ejercitado. Asi considerado, sangre, quilo, protoplasma, el derecho es un elemento activo de moralidad.
En segundo lugar, el órgano del derecho es la conciencia, y sin violentar el lenguaje figurado, se puede afirmar que es, como el deber, una función de la conciencia. Así considerado, se desarrolla con ella y es condición del desarrollo de su mismo órgano: á más conciencia, más derecho; á más actividad del derecho, más vida en la con-
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ciencia. Ahora, como la conciencia es el más alto órgano de la personalidad humana, siendo por 680 la más elevada expresión de humanidad, e& por sí misma un exponente del esfuerzo hecho para elevarse, y de la evolución consumada por individuo y sociedad para realizar 6u desarrolloFunción de la conciencia, el derecho se presenta entonces como una actividad evolutiva que ha de proceder, como toda evolución, de antecedente á. consecuente, de efecto causado á efecto causal, de idea á principio, de iuducción á deducción, de elemenu) orgánico á cuerpo organizado. Para llegar al estado de conciencia en que el derecho es una función nunca cohibida ó reflexivamente favorecida, individuos y sociedades han de haber llegado también á aquella tan puntual concepción defdeber y costumbre del deber en que esta su-
Srema función del ser consciente subordina y orena nuestra vida toda. De éste modo, el desarrollo del derecho es coeficiente del desarrollo del deber; y en este sentido el derecho está con tan estrecho lazo enlazado á la moral, que ésta, por la intrínseca fuerza de las cosas, será y es más eficaz, más progresiva, más positiva, más elevada, mÁñ humana, cuanto más coadyuve el derecho al desarrollo de la ciencia y á la práctica de los deberes. Elemento de moral y motivo de moralidad, el derecho concurre á la noción del bien como á la práctica del bien; pero es necesario que concurra deliberadamente al progreso del bien social é individual. Para conseguirlo, es necesario que el derecho positivo (extendiendo esta denominación al administrativo, al constituyente y al internacional] se infunda en la idea de su trascendencia sobre la vida moral de la sociedad, de modo que el legislador legisle con la evidencia de que, fun-
dar el derecho ó desenvolverlo, es contl-ibuir á fundar y desarrollar vigorosas ideas j costumbres de moral.
Se objetará con razón que siendo progresivo ó evolutivo, el derecho no puede mejorarse por arte y ciencia del legislador; pero se salva la objeción pensando que también es progresiva y evolutiva la moral á que está enlazado por su origen y órgano común, que es la conciencia. Si la una progresa, el otro la seguirá en su progreso; y reciprocamente, si el derecho progresa, con el progresará la moral. Esta no es una simple verdad de inducción, que también lo es de experimentación. Basta ver en sus efectos históricos el desarrollo repentino del derecho civil, en Francia, á consecuencia de las reformas revolucionarias del siglo xvín, el impulso fasmoso dado por los constituyentes anglo -americanos al derecho político , la verdadera transformación del derecho penal iniciado teóricamente por Beccaria y Beuthaní y secundada en la práctica por Filadelfia y Nueva York, primero, por todo el mundo, después para ver cuan positiva es la acción del derecho positivo sobre la moral social y sobre la moralidad mdividual. El mismo derecho de gentes, no obstante lo informe, no obstante lo estacionario que lo hace el privilegio de modificarlo y alterarlo que aún conservan las llamadas grandes potencias, atestigua la influencia del derecho en la moral, mostrando con su actual incapacidad para regir y moderar la primacía de la fuerza bruta internacional, la inmoral iniquidad de esas naciones, cuya torpe grandeza se reduce á amenazarse los iguales, á imponerse por la fuerza los superiores a los inferiores.
En la vida internacional, como en la nacional y
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en la privada, el espectáculo de la inmoralidad concluye por ser agente de moral, y no es dudoeo que asi como el aumento de racionalidad ha hecho de los tratados particulares entre naciones una verdadera ley que las liga positivamente mientras rige; que asi como el aumento de necesidades y experiencias ha empezado á hacer de las convenciones y congresos internacionales una fuente de jurisprudencia; que así como el desarrollo de la filantropía reflexiva ha hecho necesarios los tratados de extradición y el derecho de ambulancias; que asi como el progreso de la moral universal trata de infundirse en el principio de arbitraje, así el progreso del derecho público y privado de gentes coadyuva al de la moral y al de la moralidad internacional. Urge que así sea. Cuando fatigados de la lucha con la inmoralidad
Írivada, los nombres de bien recorren con avidez >s grupos de sociabilidad en que sucesivamente, Í^ de un modo cada vez más complejo, se va reaizando el vivir humano, y en todas partes lo ven Contaminado de los mismos instintos y pasiones, y al llegar á la sociedad internacional esperan que, por ser ella más extensa, se habrá debilitado el egoísmo, y en vez de encontrarlo más débil, lo encuentran más robusto, porque el egoísmo nacional es un monstruo sin sensibilidad ni razón ni responsabilidad que devora- sin remordimiento ni piedad !a vida de millares, los bienes de millones, la industria de los siglos, los ahorros de la humanidad , las esperanzas de mañana , la fe de hoy, la caridad de ayer, no pueden tener ya confianza en el bien que los dirige. Y ese continuará, siendo el espectáculo «jue les dé la vida de relación de las naciones, mientras el derecho interna- ■>nal positivo siga careciendo de la fuerza moral
MOKáL SOCIAL
que DO puede tener cuaodo, como ya ha sucedido tres veces en este siglo de las luces y en el seno de la civilización occidental, basta que la g:uerra, la perversidad ó la venganza corone á un ambicioso ó supedite á un pueblo ó haga victoriosa una raza, para que el mundo entero absuelva la victoria, por inicua que haya sido, y se postre ante los hechos consumados por el mal con más devoción de la que tiene para los hechos realizados por el bien.
Al par de ese espectáculo desconsolador, el siglo nos da el estimulante espectáculo del progreso jurídico sirviendo en lo civil, en lo político y en lo crimina] á la mejora y moralización de muchas esferas de actividad individual y colectiva; pero en todos esos progresos parciales faltan la convicción de contribuir al bien por medio del derecho, ■ y el propósito de perfeccionar la moral pública perfeccionando^el derecho positivo.
Si en vez de atemperarse en las reformas civiles á las tradiciones del derecho romano ó del derecho bárbaro, se atendiera á las relaciones naturales del derecho, y se instituyera la familia y la propiedad con arreglo á sus relaciones naturales y á su propia finalidad social, el derecho civil sería mucho más efectivo auxiliar de la moral práctica y teórica.
Si en vez de atenerse en la enmienda de las constituciones políticas ó en la fundación de sociedades jurídicas sobre un pacto constitucional, á los consejos de propósitos parciales, se atuvieran los constituyentes al propósito de concurrir al bien social , esforzándose con firme esfuerzo por asegurar el desarrollo de la iniciativa individual y social por medio de un reconocimiento incondicional de la autonomía de los individuos, los mu-
nicipios, las regiones y la nación, no se favoreceria el creciente desarrollo de inmoralidad que origina la burla frecuente de las leyes fundamentales.
Si en vez de fundar en deducciones convencionales la noción de pena, se estableciera sin vacilar en su inducción legitima, y sobre esa inducción se fabricara una teoría i-acional del derecho de penar, y de la teoría se derivaran las instituciones penales que tan fácil, tan útil, tan honroso y tan beneficioso sería derivar, el enlace de la moral con el derecho positivo seria manifiesto, porque el derecho penal es tanto una rama de la moral como de la jurisprudencia. Pero ninguno de esos servicios á la moral puede hacerse sin generalizar el cumplimiento de los deberes afectos al . ejercicio del derecho y sin divulgar teórica y pMcticamente la idea exacta, verdadera, persuasiva y convincente de la intima correlación entre la moral y el derecho positivo.