Tradiciones argentinas · Unidad 30 de 252
Unidad 30 · 54 TRADICIONES ARGENTINAS
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54 TRADICIONES ARGENTINAS
la diere, San Pedro se la bendiga, '> donando los clavos (el producto de cuatro barriles) limosna á la iglesia, en la que, desde su trastienda, oía misa cuando salía en el altar transversal frente á su mostrador, calle hoy de San Martín.
Y así como aquellos doscientos doblones con que se premió su oportuno aviso del contrabando decomisado le sirvieran de habilitación para tienda que prosperaba en tan santa vecindad, estos polvos, sin ser los de la madre Celestina, trajéronle el recuerdo de su sueño, y fué una angosta y larga zona (trescientas varas de ancho por una legua de fondo, desde la lengua del agua) los primeros que adquirió allí, hasta el presente llamados «terrenos del Santo.»
Con sus propias manos empezó el honrado D. Domingo á labrar la tierra, las vísperas de los días de su nombre, cuando al cerrar cuentas de semana llegaba á paso de muía hasta Montes Grandes,
Así un año y dos transcurrieron, acrecentando rápida fortuna, extendiendo sus negocios y labranzas, sin hacer memoria de la segunda parte en el sueño de la lluvia de oro.
A renovar ésta llegó una tarde el fiel asistente Antonio, cierto día de días de su antiguo capitán, y en los recuerdos de viajes y aventuras vino el de la promesa de capilla al Santo Patrón de su pueblo, y entonces, reprochándose su desmemoramiento, activó diligencias para darle inmediato cumplimiento.
Del amarillento papelito carcomido que las ratas de la curia respetaron en el archivo á cargo del cartulario de Su Majestad, Francisco de Ángulo, extractamos lo que sigue:
«El 5 de octubre de 1706 se concedió licencia al capitán D. Domingo Ascasuso para la fundación que solicitaba de una capilla en el pago que llaman de Montes Grandes, con objeto de que los vecinos pobres logren el bien de tener misa los domingos y días de fiesta, disponiendo erigir y labrarla en el lugar de su chacra poblada, por ser el comedio del pago, fundando un capellán de misas ad perpetuam. Para que tenga quien les socorra en sus necesidades espirituales, funda una capilla de dos mil pesos de principal, sobre fincas ciertas y seguras, con el gravamen de veinte misas. Donando (agrega) la dicha capilla á mi referida chacra, de cuyo fruto gozarán los capellanes el interés de dicho principal y demás emolumentos que produjese su asistencia. Me nombro y ehjo por tal patrono durante los días de mi vida, y para después de ellos, elijo á mis hijos y sucesores. ítem: nombro y señalo por primer capellán al licenciado Fernando Ruiz, y después de su fallecimiento, llamo á la dicha capella-